La Corte Provincial rechazó el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía del Tribunal Oral Penal de la ciudad de Mercedes en una causa que investigaba el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en Curuzú Cuatiá.
Se trata de la causa “ORTIZ RAMON DE JESUS P/ NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE FUNCIONES PUBLICAS – MARQUEZ JACINTA EUFEMIA; BARBAYANI RUBEN ERNESTO Y GENTILINI RICARDO ULISES P/ NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA EN CARCTER DE PARTICIPES NECESARIOS – CURUZU CUATIA.”.
En la misma, el TOP de Mercedes declaró la nulidad del requerimiento fiscal de elevación de la causa a juicio y del auto de elevación a juicio, y de todos los actos dictados en su consecuencia, como así también todos los actos realizados respecto del imputado Ortiz desde que quedó firme su sobreseimiento.
El Tribunal entendió que los hechos por los cuales Ortiz había sido traído a juicio ya fueron investigados en la causa N° 98 del Juzgado de Instrucción de Curuzú Cuatiá.
También declaró la nulidad del requerimiento de elevación de la causa a juicio y del auto de elevación a juicio y de todos los actos dictados en su consecuencia respecto de Gentilini, Barbayani y Marquez.
Contra esto último, la Fiscalía se opuso presentado un recurso de casación; que fue denegado por el Superior Tribunal de Justicia.
La Fiscalía fundó el recurso porque entendió que entendió que en la esa causa la conducta recriminada a Ortiz difería de la que se le imputó en otro expediente, pero que tenían la misma calificación legal, con identidad de sujeto activo. En definitiva, solicitó que se casara la resolución, debiendo continuar esta causa según su estado.
El STJ señaló que en este expediente, en el que se describía la conducta de Ortiz, había concluido por prescripción de la acción penal de acuerdo a la resolución del 19 de noviembre de 2014 y que no podía ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Por ello, no hicieron lugar al recurso de casación interpuesto.