La Corte Provincial recomienda a Magistrados, Funcionarios y agentes de este Poder Judicial, el cumplimiento de medidas de higiene que prevengan la propalación del virus Influenza A, conocido como H1N1.
-Es importante extremar los cuidados al estornudar o toser utilizando pañuelos descartables, arrojando los mismos en basureros cubiertos y vaciados permanentemente, de manera de evitar convertirlo en fuente de contagio.
-Lavarse periódicamente las manos con agua y jabón y/o alcohol y siempre luego de estornudar o toser.
-Ventilar convenientemente los ambientes laborales.
-No fumar en lugares cerrados.
-No compartir utensilios de comida ni bebidas
-Evitar contacto con personas enfermas.
-Si en el medio familiar existiese diagnóstico de sospecha o confirmación del H1N1, dar aviso inmediato a las autoridades del Cuerpo Médico a efectos de que se adopten las conductas que correspondan. En ese sentido es importante recordar que según la definición de la OMS se considera como caso sospechoso a toda persona con fiebre mayor a 38ª, dolor de cabeza, tos, dificultad respiratoria, malestar general, congestión nasal, dolores musculares y de articulaciones, diarreas y vómitos.
Respecto de la utilización de barbijos deben tenerse en cuenta los siguientes datos:
-Hay algunos de mejor calidad que otros y por supuesto esto redunda en su eficacia.
-Si se está sano, puede resultar contraproducente, porque los virus por su tamaño lo atraviesan con facilidad, creándose en la zona de la nariz y la boca un microclima húmedo propicio al desarrollo viral.
-Si existe ya la infección pueden usarse, aunque su eficacia es relativa.
También vale recordar que el uso de guantes de cualquier característica no invalida la necesidad del aseo periódico de las manos ya que de otro modo su uso es absolutamente inútil.
Asimismo el Superior Tribunal se permite exhortar a los profesionales y público en general que concurren a los distintos edificios judiciales que lo hagan con los cuidados que las circunstancias exigen, evitando la circulación innecesaria, a fin de preservar su propia salud y la de quienes prestan el servicio de justicia.
Por su parte se ordenará a las dependencias de servicio que se afecte a todo el personal necesario para mantener los lugares de trabajo en las mejores condiciones de higiene y seguridad para cumplir con las tareas preventivas que permitan el desarrollo normal de las actividades.