Ampliación de modos y horarios de clases, organización de talleres de formación profesional y cumplimiento de cuestiones vinculadas al régimen de progresividad en la ejecución de la pena privativa de la libertad en la Unidad Penal Nro. 1 fueron las recomendaciones que el Juzgado de Ejecución de Condena volvió a efectuar a las autoridades del Ministerio de Gobierno y Justicia.
La titular del Juzgado responsable de controlar la legalidad del cumplimiento de la pena de los detenidos, doctora María teresa Zacarías, reiteró al Ministerio de Gobierno y Justicia y al Servicio Penitenciario una serie de recomendaciones cuyo objeto es lograr la reinserción social de los detenidos.
Las mismas se producen luego de la última inspección realizada a la Unidad Penitenciaria Nro 1, la cual arrojó un resultado negativo en avances de obras tendientes a revertir la apremiante situación carcelaria que atraviesa la provincia.
Los requerimientos abarcan el área educativa. Puntualmente se solicitó que se gestione con el Ministerio de Educación la posibilidad de ampliación de cupos, horarios y modalidades de clases dentro del establecimiento dada la cantidad de condenados y el elevado porcentaje de ellos que no cuenta con el ciclo básico completo.
En los casos en que los condenados acceden a estudios fuera del establecimiento, se sugirió evitar la demora en la realización de tramites administrativos del penal, que terminan obstaculizando o impidiendo el acceso a la educación. “Existen oportunidades en que las solicitudes de autorización de salidas transitorias por estudios se reciben en el Juzgado hasta dos meses después de finalizado el término de inscripción”.
Ocurre idéntica situación con los las solicitudes para libertades condicionales, asistidas, transitorias, que presentan demoras de hasta tres meses y a las que el Juzgado no puede avocarse a su resolución en tiempo razonable y oportuno.
Otra cuestión es la laboral, de fuerte incidencia en la formación del individuo. Se pidió la organización de talleres de formación profesional, capacitación o desarrollo de tareas para los alojados en la Unidad Penal y en el Anexo de Máxima Seguridad. “Se ha observado que la gran mayoría carece de trabajo asignado, lo que no permite cumplir con la generación de hábitos laborales, capacitación y creatividad de los penados”, indicó la magistrado.
En relación al manejo y disposición de dinero en efectivo por parte de los condenados, se puntualizó que los valores que reciben por trabajo realizado tienen que ajustarse a las pautas previstas en la legislación vigente, y debe asignársele a cada uno una cuenta o caja de ahorro para depositar allí sus ingresos.
El trato a los penados debe ser el que surge de la interpretación del articulado de la Declaración Universal de Derechos Humanos, recordó Zacarías. “Deben estar protegidos contra cualquier tipo de violencia y amenaza para la vida y la salud”.
Especial énfasis hizo el Juzgado de Ejecución de Condena en el cumplimiento de cuestiones relacionadas al régimen de progresividad en la ejecución de la pena privativa de libertad, el que se ve seriamente obstaculizado por las carencias de recursos del sistema penitenciario para su implementación en la forma prevista por las normas legales, y conspira contra el objetivo constitucional de la pena de reinserción social del penado.