24 abril, 2008 - SANEAMIENTO JURIDICO

Remiten a Legislatura proyecto de Ley Reglamentaria de Amparo

La iniciativa apunta a ordenar en un cuerpo normativo la legislación vigente sobre la Acción de Amparo, en la actualidad dispersa y sin precisiones en lo referente a plazos y vías recursivas.

El STJ propone su integración al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia como un proceso urgente, especial y autónomo dentro de los procedimientos.

 

“El proceso de Amparo ha tenido una evolución accidentada a través del tiempo – explica el doctor Carlos Rubín, ministro de la Corte Provincial-. Surgió como una interpretación pretorianana de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para solucionar problemas en la falta de justicia”. Su empleo fue fortaleciéndose entre doctrinarios, jueces y abogados de todo el país, al punto que en 1994 fue expresamente incluido en la Constitución Nacional.

 

Con ello, el Amparo adquirió cuerpo. Sin embargo, en paralelo continúan rigiendo leyes provinciales (en el caso de Corrientes la Ley N° 2903) con las supresiones efectuadas por la Carta Magna para reglamentar esta Acción. La dispersión se suma la ausencia de normas precisas en lo referente a plazos y vías recursivas, cuya aplicación depende contra quien va dirigida la acción y la etapa procesal en la que se encuentra.

 

Los operadores jurídicos deben sortear de con frecuencia estas dificultades, buscando constantemente en los repertorios jurisprudenciales del procedimiento aplicable. Así las cosas, no se da respuesta a las necesidades de los justiciables y se ve afectado el principio constitucional de igualdad, entienden los integrantes del STJ.

“Hoy la Acción de Amparo llegó a la mayoría de edad y necesita integrarse definitivamente a la organización jurídica del Estado Provincial, no como ley especial sino como un proceso urgente, especial y autónomo dentro de los procedimientos del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia” afirma el ministro.

El proyecto remitido a la Legislatura unifica la Acción de Amparo tanto contra particulares como contra el Estado en un solo procedimiento. El eje principal de la iniciativa es su adecuación a las normas procesales civiles vigentes, intentando dar eficacia a la disposición constitucional y al mismo tiempo alcanzar una mayor unidad, orden sistemático y racional al procedimiento de Amparo.

 

Entre los beneficios que la aprobación de la Ley Reglamentaria de Amparo traerá aparejados para la sociedad civil se cuentan en lo general, el saneamiento de la organización jurídica; y en lo particular, la extensión de plazos para iniciar esta Acción (actualmente de 15 días según interpretación del STJ).