El Juzgado de Paz de Mburucuyá tomó medidas de protección para una mujer que padece adicción al alcohol, solicitando ayuda al Hospital local y a una Fundación para que brinden atención psiquiátrica. A la familia se le advirtió que deben acompañarla y cuidarla.
El Juez de Paz de Mburucuyá, doctor Sergio Juniors Shwoihort, recibió un pedido de ayuda por parte de una joven para tratar a su madre por problemas de adicción, circunstancia que fue ratificada por el concubino y otras hijas.
La hija testimonió que su madre bebía en el hogar pero también afuera, y que en reiteradas oportunidades había vuelto a la casa acompañada de la policía y de personas que la conocían y la encontraban en estado de ebriedad. Cuando consumía la mujer se ponía agresiva, refirió, y que temía por eventuales agresiones a los hermanos menores.
En ese mismo sentido, la pareja expresó al Juez que era una “mujer extraordinaria, pero al tomar se pierde, sale y se va al balneario a veces la policía la trae de vuelta a la casa” y “su hijos suelen ir a buscarla cuando se enteran que está tomando bebida…” y que “los policías le suelen avisar cuando la ven que está bebiendo”.
El magistrado entendió que en el caso era aplicable la Ley Nacional N° 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental, que establece en su artículo 4 que “las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental…” y, en ese orden de cosas, conforme lo destaca el artículo 1 del referido cuerpo normativo, el mismo “tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental (…)”.
“Esto coloca a M.E. en una situación de vulnerabilidad que le genera eventuales riesgos para su salud, su vida y entorno familiar, necesaria de atención en esta instancia, a efectos de garantizarle un real acceso a la justicia, como uno de los pilares de la tutela judicial efectiva, tomando las medidas más urgentes previo a la intervención del juez competente en razón de la determinación de las eventuales restricciones a la capacidad (artículo 32 del Código Civil y Comercial de la Nación), y apoyos necesarios de la persona que se tiende a proteger, para desenvolverse plenamente en su vida cotidiana”.
Por ello ordenó a la mujer que -en carácter de medida provisoria de protección de persona- realice psicoterapia en el Servicio de Psiquiatría del Hospital San Antonio de Padua, como así también en el Gabinete Interdisciplinario de la Fundación “Rosa Salvia Laurenzana” en ambos casos debiendo presentar al Juzgado de Paz la constancia de inicio de los tratamientos respectivos.
Solicitó al Hospital que brinde atención psiquiátrica a la mujer y al Gabinete, atención psicológica, debiendo ambas instituciones presentar informes de la concurrencia y tratamiento de la paciente.
Recordó a las hijas y a la pareja que la mujer tenía derecho a ser acompañada antes, durante y luego del tratamiento por sus familiares; y finalmente remitió las actuaciones al Juzgado Civil y Comercial de Saladas para poner en conocimiento sobre lo actuado, y que entendiera en la causa.
Dotado de espacios amplios y ventilados y con prestaciones para el acceso de personas con discapacidades motrices, la dependencia brindará respuesta a la creciente demanda de la sociedad sanluiseña. Se trata de la edificación número 18 concretada por la Dirección de Arquitectura y Mantenimiento del Poder Judicial y, al igual que en toda la provincia, también contará con abastecimiento de energía solar.
El Juzgado de Paz de Berón de Astrada, a cargo del doctor José Osvaldo Ledesma, llevó a cabo la primera audiencia preliminar por sistema Cisco Webex, en el marco de una causa por prescripción adquisitiva con trámite ordinario.
Una mujer acudió al Juzgado de Paz de Ita Ibaté porque su ex pareja no pagaba la cuota alimentaria que habían acordado para el hijo de ambos. El magistrado, quien re-caratuló la causa, sostuvo que la no provisión de recursos económicos constituía violencia de género y de familia.