La Corte Provincial rechazó un recurso de casación presentado por la defensa del ex magistrado Humberto Camilo de Biase, a quien el Jurado de Enjuiciamiento destituyó en octubre de 2012 por la causal de mal desempeño en sus funciones.
El STJ, integrado en esta causa por el Ministro doctor Luis Eduardo Rey Vazquez, y los jueces subrogantes doctores María Herminia Puig, Martha Altabe, Gustavo Sánchez Mariño y Héctor Raúl Cornejo, no hicieron lugar a los planteos de nulidad y rechazaron el recurso de casación del ex magistrado.
Humberto Camilo de Biase fue destituido del cargo de Juez Civil y Comercial de Santo Tomé con el voto de la mayoría en el Jurado de Enjuiciamiento el 16 de octubre del 2012, condenado por mal desempeño en sus funciones.
La investigación determinó que ante su estrado se realizó la tramitación de un elevado número de causas federales, en las que el juez dictó medidas cautelares contra el Estado Nacional y organismos federales, en casos ajenas a su competencia; con extralimitación en el ejercicio de sus potestades jurisdiccionales.
Con la mencionada integración, la Corte indicó que quedó demostrado en el proceso que no le asistía razón al justiciable porque en la sentencia destitutoria se consignaron los hechos concretos acusados y debatidos en el juicio: “1°) La constatación de haberse tramitado, durante los años 2009 y 2010, en el Juzgado Civil y Comercial a cargo del acusado, 61 demandas contra el Estado Nacional Argentino, Gendarmería Nacional Argentina, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos… 2°) Que las 4 causas tramitadas durante el año 2010 involucran 17.060 actores en conjunto que surge de la prueba informativa de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal . 3°) Que las resoluciones fueron dictadas por el acusado, en amparos o juicios ordinarios promovidos contra el Estado Nacional y otros organismos de seguridad nacional en reclamos salariales de los demandantes y 4°) En todas las causas se decretaron medidas cautelares que indicaban los pasos a seguir para su ejecución y luego se declaraba incompetente para remitir la causa al Juzgado Federal de Paso de los Libres”.