El Consejo de la Magistratura formuló la acusación por la causal de Mal Desempeño contra la titular de la Fiscalía de Instrucción, Correccional y de Menores N° 1 de Paso de los Libres, doctora Roxana Beatriz Romero, quien quedó suspendida en el ejercicio de sus funciones.
La denuncia había sido presentada por el Secretario General del SITRAJ, Telmo Anibal Fernandez, quien había acercado presentaciones ante el Superior Tribunal de Justicia y la Fiscalía General situaciones de acoso psicológico, autoritarismo y maltrato laboral para con el personal de las distintas dependencias en las que Romero había trabajado. Indicó “actitud de hostigamiento y tortura psicológica permanente, producto de una intolerancia en el trato y de una incapacidad para ejercer la función, provocando en varios compañeros diferentes afecciones de salud, que se tradujeron en múltiples pedidos de licencias por enfermedad de aquéllos”.
Luego hicieron énfasis en la muerte de Flavio Ariel Cabrera, de 35 años, quien falleció “no por causas naturales, sino a raíz del diagnóstico de úlcera duodenal perforada que, no obstante obedecer a múltiples factores, fue facilitada por el ambiente laboral insalubre en el que le tocó desempeñarse, sometido a una constante presión psíquica a las órdenes de la Fiscal”.
La Fiscal fue objeto de reiteradas denuncias por parte del Sindicato en los distintos lugares donde desempeñó funciones, “por malos tratos y hostigamiento por parte de su propio personal, de igual manera por parte del Colegio Público de Abogados de la Circunscripción Judicial de Paso de los Libres, e incluso ha sido pasible de sanciones por parte del STJ (…) lo cual demuestra su ineptitud para continuar en el desempeño de sus actuales funciones”.
Por su parte, la doctora Romero en su descargo negó los hechos imputados. Expresó que la exposición conllevaba una visión “equivocada y radicalmente alejada de la realidad, con imputaciones genéricas fuera de contexto y cargadas de subjetividad”; que la denuncia no era coherente; que lo afirmado no “evidencia algún comportamiento llevado adelante que demostrara la supuesta violencia en el trato a sus dependientes”.
Sostuvo que “livianamente se le atribuye la causa de la muerte de un empleado judicial, sin brindar la más mínima vinculación entre como sucedió el proceso que desencadenó en el deceso y que atribuir la muerte de alguien es afirmar que cometió el delito de homicidio”. Y reiteró que las denuncias que no tenían sujetos, objetos y causas, por lo que carecían de valor y debían ser declaradas abstractas ya que no permitían su correcto análisis e imposibilitaba a ser rebatido. Añadió que el SITRAJ en cada cargo desempeñado la denunció sin poder comprobar nada de lo que se afirmó.
Los integrantes del Consejo de la Magistratura coincidieron en formular la acusación, ya que la misma poseía verosimilitud y recordaron que las pruebas se producirían en el Jurado de Enjuiciamiento, órgano que se ocupará de merituar si las probanzas alcanzan a configurar la responsabilidad de la funcionaria.