El Juzgado Civil y Comercial Nº 12 hizo lugar a una medida cautelar innovativa presentada por una maderera del municipio de Santa Rosa. Suspendió la ejecutoriedad de los aumentos tarifarios y ordenó a la DPEC a emitir a la empresa una nueva facturación del periodo abril y mayo.
El doctor Pablo Martin Teler Reyes, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 12, hizo lugar a una medida cautelar innovativa en la causa “INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS: “INDUSTRIA MADERERA VALDIVIA SRL C/ DIRECCION PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORRIENTES Y ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES S/ AMPARO (FUERO CIVIL)”.
En la Resolución Nº4/17, el Juzgado suspendió la ejecutoriedad de la resolución N° 232/17 de la DPEC y del Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes N° 516/17, que establecieron un nuevo cuadro tarifario para la prestación del servicio de energía eléctrica, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en esta causa.
Se ordenó a la entidad que emita a la empresa una nueva facturación del período 02/04/17 al 01/05/2017, con fecha de vencimiento el día 07/06/2017, así como de los períodos subsiguientes, todo ello con el régimen de precios y de facturación anteriores al aumento cuestionado. Se le indicó que se abstuviera de aplicar el nuevo cuadro tarifario, así como de interrumpir el servicio de energía que presta a la maderera por falta de pago de las facturas emitidas con los incrementos cuestionados.
Valdivia es una Sociedad de Responsabilidad Limitada con domicilio en Santa Rosa, y – por ser usuaria de la Dirección de Energía- alegó estar facultada para ejercer la acción de amparo en los términos de la ley de Defensa del Consumidor N° 24240 (arts 52, 56 inc e) y arts 42 y 43 de la Constitución Nacional y 67 de la Carta Magna Provincial.
En ese carácter solicitó se declarara la nulidad, inconstitucionalidad o inexistencia jurídica de las normas que establecieron un nuevo régimen tarifario para la energía eléctrica, considerándolas actos de arbitrariedad e ilegalidad manifiestas porque el incremento del valor del KW fue “excesivo e irrazonable”.
Añadió la empresa que eso se tradujo en un aumento de más del 100% del monto final de la facturación, adjuntando constancias de valores que oscilan entre los $40.000 y $100.000 por mes, correspondientes a la facturación de abril y mayo del presente año. E indicó que el aumento se produjo sin la realización de las audiencias públicas obligatorias dispuestas por la Constitución Provincial (art 48).