La Corte Provincial suspendió el turno judicial de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral para la recepción de las acciones de amparo desde el 23 de septiembre.
Estas causas que exclusivamente son de orden previsional provincial terminan por desnaturalizar el proceso y la especialidad del Tribunal, y dada la naturaleza de los tipos de procesos que se tramitan de carácter alimentario que no admiten demora, superando con creces la estructura funcional y humana, tratándose de una situación de excepción y necesaria a los efectos de garantizar una eficaz administración de justicia.