25 octubre, 2013 - LA DEFENSA LOS TACHO DE NO CREIBLES

Validan testimonio de niña con discapacidad en un caso de abuso sexual

El STJ confirmó un fallo del Tribunal Oral Penal de Santo Tomé que había dado por válido el testimonio de una niña con discapacidad mental abusada por su padre. La defensa había recurrido en casación a la Corte Provincial cuestionando la credibilidad de la menor.

El Tribunal Oral Penal de Santo Tomé condenó a un hombre acusado de “abuso sexual agravado” contra su hija discapacitada. La causa llegó al Superior Tribunal de Justicia tras presentar la defensa un recurso de casación.

Esta criticó a la madre de la niña víctima y concubina, alegando que se trataba de una denuncia “tendenciosa, con deseos de venganza o reproches”. Afirmó que en virtud de la incapacidad de la menor “difícilmente sus dichos podían ser creíbles” y que de la denunciante surgía “su falta de peligrosidad”. Finalizó sosteniendo que el hombre había sido condenado “sin pruebas”.

Los doctores Alejandro Alberto Chain, Guillermo Horacio Semhan y Juan Carlos Codello consideraron que al exponer los agravios el defensor parcializó la evaluación probatoria. “(…) de la Denuncia formulada por la madre se desprende que no fue sólo la menor víctima del hecho la que refiere el suceso sino que también fue observado y relatado por una hermanita menor de la víctima”. Ello significa que “existió una corroboración del hecho, por otra hija del acusado”.

“En cuanto a la duda que intenta introducir el defensor respecto de la capacidad mental de la menor para exteriorizar frases coherentes, lo cierto es que del informe psicológico se aprecia que no hay frases inducidas o puestas en boca de la menor, ya que la psicóloga señala que la niña padecería de un desarrollo intelectual por debajo de su edad cronológica y presenta dificultad en su expresión verbal, pero no obstante la frase descriptiva del hecho, aún con las falencias propias de la dificultad reseñada, son entendibles y descriptivas del sufrimiento padecido”.

Al contrario de lo que expresó la defensa, consideraron que “los informes psicológicos indican la existencia de un abuso sexual infantil, pues si los hay, y reiteradamente”.

Por lo expuesto, los Ministros apreciaron que la sentencia poseía la debida y correcta fundamentación, necesaria para ratificar la condena de prisión.