Tras concretar una videoconferencia con el Centro Judicial de Mediación de Salta, el Juzgado Correccional N° 1 de Corrientes autorizó la suspensión del juicio a prueba de una mujer, que cumplirá tareas comunitarias por término de un año y medio.
La Defensora Oficial Penal N° 3, doctora Marcela Sánchez Peralta, solicitó la suspensión de juicio a prueba en favor de una mujer. Señaló que la imputada residía en la ciudad de Salta, era madre de dos niñas y carecía de recursos no sólo para trasladarse sino para ofrecer una reparación del daño en la medida de sus posibilidades.
Ante esa situación, con la opinión favorable de la representante del Ministerio Público Fiscal, doctora Andrea González, la Jueza Correccional N° 1, doctora Gabriela Alejandra Aromí, dispuso que la audiencia se realizara por videoconferencia.
De ese modo se facilitaba el acceso a justicia de las partes. La gestión de la audiencia se realizó con la colaboración del Juzgado de Garantías de la Primera Nominación de Salta y de los Centros Judiciales de Mediación de ambas provincias.
En la audiencia, luego de escuchar la petición de la defensa y las manifestaciones de los protagonistas del conflicto, con el dictamen favorable de la Fiscalía, la doctora Aromí resolvió oralmente la suspensión de juicio a prueba.
Como reglas de conducta, se estableció que la mujer no ingresara a los locales comerciales de la empresa damnificada y que cumpla tareas comunitarias gratuitas en una iglesia de la ciudad de Salta. Esas tareas se extenderán un período de un año y medio.
“Esta práctica novedosa se realizó con el apoyo del Centro Judicial de Mediación, y pone en práctica uno de los Objetivos Estratégicos que el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes se propuso: optimizar el uso de las tecnologías para la mejora y medición de la gestión” explicó la doctora Aromi.
También indicó que permite desarrollar canales virtuales como un medio efectivo y eficiente para interactuar con el interior u otros Poderes Judiciales.
Más allá de las reglas procesales, el sistema constitucional concibe al sistema penal como parte del sistema de gestión de la conflictividad, en cuyo marco la respuesta punitiva es la “última ratio”.
Desde esa visión, tomando en consideración que los conflictos impactan en las víctimas y en la comunidad con intensidades diferentes, los sistemas judiciales deben buscar la resolución del conflicto, dando preferencia a las soluciones que mejor se adecuen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social.
La justicia restaurativa, aspira a lograr el balance entre la víctima, el infractor y la comunidad. Particularmente en relación a delitos menores, la justicia restaurativa es preferible al tradicional proceso penal, en razón de que ayuda a fortalecer el tejido social y conduce a una reducción del uso de la privación de libertad.