El Tribunal Electoral del Colegio de Magistrados proclamó a los doctores Gustavo Sánchez Mariño y Mario Alegre como representantes titulares para el Jurado de Enjuiciamiento y Consejo de la Magistratura, respectivamente.
Planteado un conflicto negativo de competencia, el STJ aseguró que la intervención del tribunal especializado en Quiebras se justifica cuando se está frente a un reclamo creditorio.
Los Ministros de la Corte Provincial no hicieron lugar al pedido de habilitar la vía de superintendencia en un cuestionamiento a una magistrada del fuero de Instrucción y Correccional, estableciendo de ese modo pautas en el procedimiento del allanamiento.
Magistrados, secretarios y personal de la Justicia de Paz participaron de dos jornadas de capacitación en el que abordaron temas como derechos personalísimos, reformas en materia de sucesiones y en el derecho de familia.
La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial autorizó a una mujer de 77 años a agregarse el nombre de su abuela, con el que fue llamada y reconocida desde niña.
La Cámara Civil, Comercial y Laboral de Santo Tomé ordenó a la Obra Social del Personal Rural y Estibadores que reordene su padrón, a fin de que se incluya a una mujer que padece cáncer, pareja de un afiliado. Los jueces indicaron que las cooperativas están incluidas en la normativa que regula los seguros de salud.
Desde hoy y hasta mediados de junio se lleva a cabo para ingreso de personal administrativo en Casa Lagraña.
En el conflicto por la convocatoria a elecciones en la ciudad Capital, la Corte Provincial no admitió el recurso presentado por el apoderado del Municipio por insuficiencia técnica y lo declaró inadmisible. El Concejo Deliberante deberá convocar a los comicios.
El Juzgado de Instrucción N° 6 emitió este jueves una orden de inmediata localización y aprehensión de Daniel Diómedes Borlicher, tras declararlo en rebeldÃa por la causa iniciada tras el fallecimiento de Sandra Silguero Cerullo.
La Cámara en lo Civil, Comercial y Laboral de Santo Tomé elaboró un organigrama y flujograma de trabajo para optimizar la distribución y asignación de funciones.
Prestaron juramento los doctores Alfredo Hernán Behr y Gabriela Catalina Borgo, quienes se desempeñarán en Gobernador Virasoro y Santo Tomé, respectivamente.
En un informe elaborado por la Fiscalía General, que cumple una década a cargo del doctor César Pedro Sotelo, se remarcó el fortalecimiento de la investigación en causas penales, la constante capacitación y actualización de funcionarios y empleados del Ministerio Público, la firma de convenios y la creación de nuevas dependencias judiciales.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral desestimó el recurso de apelación impetrado por ediles y confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia que había declarado la nulidad absoluta e insanable de la resolución dictada por el titular del Concejo Deliberante de Capital y de la Resolución del Concejo Deliberante que “homologó” la primera.
El Ministro doctor Fernando Augusto Niz ha sido ratificado al frente de la Comisión de Mediación de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (JU.FE.JUS).
La Secretaría Administrativa del STJ informó que agotaron los 37 lotes de rezagos informáticos, motos, bicicletas y elementos de la Dirección de Arquitectura y Suministros dispuestos para la venta directa el pasado sábado en el predio ONABE.
El Tribunal Electoral del Colegio de Magistrados y Funcionarios dio a publicidad los padrones de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público y Jueces de Paz de todas las circunscripciones judiciales que están en condiciones de sufragar.
EL STJ confirmó el rechazo a un pedido de probation aun cuando el episodio fue “aislado” y la victima expresó su conformidad para la concesión del beneficio.
El Juzgado Contencioso y Administrativo N° 2 hizo lugar a la Acción de Amparo presentada por ediles del Concejo Deliberante de Capital y declaró la nulidad absoluta e insanable de la resolución dictada por el Presidente de ese cuerpo y de la Resolución del Concejo Deliberante que “homologó” retroactivamente la primera.
La Corte Provincial se declaró incompetente para entender en la causa y resolver la disputa sobre la convocatoria a elecciones de concejales en el municipio de Corrientes. Sostuvo que no configuraba un conflicto de poderes y remitió el expediente al Juzgado Contencioso Administrativo N° 2, que ya había dado trámite al mismo.
El Juzgado de Familia N° 3 resolvió fallar a favor de una pareja que tras cuatro meses de matrimonio resolvió poner fin a la sociedad conyugal, fundando su decisión en el nuevo paradigma de respeto por la autonomía de la voluntad contemplado en el nuevo Código Civil y Comercial.