El Tribunal Oral Penal de Mercedes dio inicio al juicio oral a fin de determinar la responsabilidad penal de Rocío de los Milagros Medina, acusada por el abandono de persona con discapacidad que se encontraba a su cargo.
Según la acusación pública el hecho habría ocurrido con posterioridad al día 4 de agosto de 2017, en una fecha no determinada exactamente y hasta que el día 1 de marzo de 2018, la imputada Rocío de los Milagros Medina puso en peligro la salud de J.J.M., a quien voluntariamente debía cuidar.
El joven era incapaz de proporcionarse los cuidados básicos de supervivencia, y la imputada lo abandonó a su suerte en su domicilio en la localidad de Mariano I. Loza, Corrientes, por lo que presentaba un estado de desnutrición.
El Tribunal está integrado por sus jueces titulares doctores Juan Manuel I. Muschietti y Raúl A. Silvero y Jorge A. Troncoso.
En la audiencia, la defensa solicitó la “Suspensión del Juicio a Prueba” a favor de la imputada, que y la persona que hoy cuida a este joven aceptó la reparación.
Por su parte, el Asesor de Menores e Incapaces expresó una férrea oposición porque –entre otras cosas- Medina mantenía al joven como “una bestia enjaulada”. Además, no advirtió arrepentimiento por parte de la imputada. En tanto que el Fiscal del Tribunal expuso que la víctima se hallaba en estado de desnutrición al tiempo que invocó cuestiones de política criminal.
Ante ello el Tribunal, en voto unánime, rechazó el planteo por considerarlo debidamente fundado, y por ende vinculante, el dictamen negativo del Ministerio Publico Fiscal (en atención a que el tratamiento ingres por el párrafo 4to. del artículo 76 bis del Código Penal).
Los integrantes del TOP dejaron en claro que la concesión del instituto no era automática, pues debían evaluarse las particularidades de cada petición, sin que ello implicara ingresar a evaluar los hechos, ni quebrar el estado de inocencia, garantía de rango constitucional.
Inmediatamente, luego de rechazada la “probation”, dio inicio el juicio con la lectura de la pieza acusatoria, luego de lo cual la imputada Medina se abstuvo de declarar.
La continuidad de la audiencia de juicio está prevista para el día 3 de marzo a las 9:30 horas, audiencia a la que se citará a cuatro testigos ofrecidos por la fiscalía.
En la causa tramitada bajo legajo PXR 9317/19, la Fiscalía acusa a la imputada M. de la comisión del delito de “Abandono de Persona”, previsto en el art. 106 del CPA, conminado con una pena en abstracto de 2 a 6 años de prisión.
Intervienen en la causa el Fiscal del Tribunal Oral, doctor Juan Carlos Alegre, la Asesoria de Menores e Incapaces representada en la primera audiencia por el subrogante legal doctor Edgardo Grimberg y la Defensora Oficial del TOP, doctora Julieta Lacroze.
El doctor Gabriel Saade dispuso la protección de un adulto mayor no vidente y en estado de indigencia. Además de internarlo en un geriátrico por 120 días para asegurarle comida y salud, en tanto el municipio construye una habitación para él, el magistrado le explicó quien lo ayudará con el cobro de su pensión y ordenó que sus perros no quedaran abandonados.
Las partes decidieron llegar a un acuerdo que fue homologado por el Tribunal. El imputado libre y voluntariamente aceptó que cometió el hecho y la condena de dos años de prisión efectiva por los delitos de Resistencia a la Autoridad y Portación de Arma de Fuego de Uso Civil sin la debida Autorización Legal.
El TOP de Mercedes, integrado por los doctores Juan Manuel Muschietti, como presidente, Jorge Alberto Troncoso y Margarita Stella López Rivadeneira –subrogante-, dieron a conocer los fundamentos de la Sentencia N° 45/2020.