8 mayo, 2020 - CAMARA DE APELACIONES C.C Y LABORAL DE GOYA

Como excepción, remiten expediente a 1ª instancia para cobro de honorarios profesionales

La Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Goya autorizó –como excepción- la remisión de un expediente a primera instancia en el que estaba depositada una suma que debía ser imputada al cobro de honorarios profesionales.

Los integrantes de la dependencia recibieron un pedido formulado por uno de los profesionales intervinientes en la causa N° I01 20143/1, “IEH (DR. DECOTTO) EN AUTOS: C.P.J. Y OTRA C/ C.K.G. Y OTRA  S/ SIMULACION Y COLACION”, en el que informaron que estaban depositadas en la causa principal radicada en el Juzgado de origen, las sumas correspondientes al saldo de la subasta.

Ese saldo, debía ser imputado al cobro de los honorarios pendientes y requería, en consecuencia, la remisión del Incidente en trámite ante esa Cámara a fin de gestionar su percepción.

El Tribunal, previo imprimir, colocar el cargo y agregar el escrito, constató que su Resolución se encontraba firme y consentida.

Decidió entonces enmarcar la solicitud dentro de las hipótesis de excepción habilitadas por el Acuerdo Extraordinario Nº9/20, punto 3º, que regula el actual período de servicio de justicia de atención extraordinaria administrada por la Pandemia Covid-19.

Consideró la situación como subsumible en el art. 104, en función de las excepciones previstas en el art. 105 inc 6°) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia (Dto. Ley 26/00). 

Razonó a tal fin, que la naturaleza alimentaria inherente al pedido bajo análisis, justificaba  la decisión de atender, proveer y autorizar la medida de devolución del expediente a la primera instancia.

Dispuso al mismo tiempo, notificar a las partes intervinientes, mediante mail cursado a las direcciones electrónicas denunciadas oportunamente en autos. La Resolución lleva el N° 136 y es de fecha 05 de mayo de 2020.

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