La Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Goya autorizó –como excepción- la remisión de un expediente a primera instancia en el que estaba depositada una suma que debía ser imputada al cobro de honorarios profesionales.
Los integrantes de la dependencia recibieron un pedido formulado por uno de los profesionales intervinientes en la causa N° I01 20143/1, “IEH (DR. DECOTTO) EN AUTOS: C.P.J. Y OTRA C/ C.K.G. Y OTRA S/ SIMULACION Y COLACION”, en el que informaron que estaban depositadas en la causa principal radicada en el Juzgado de origen, las sumas correspondientes al saldo de la subasta.
Ese saldo, debía ser imputado al cobro de los honorarios pendientes y requería, en consecuencia, la remisión del Incidente en trámite ante esa Cámara a fin de gestionar su percepción.
El Tribunal, previo imprimir, colocar el cargo y agregar el escrito, constató que su Resolución se encontraba firme y consentida.
Decidió entonces enmarcar la solicitud dentro de las hipótesis de excepción habilitadas por el Acuerdo Extraordinario Nº9/20, punto 3º, que regula el actual período de servicio de justicia de atención extraordinaria administrada por la Pandemia Covid-19.
Consideró la situación como subsumible en el art. 104, en función de las excepciones previstas en el art. 105 inc 6°) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia (Dto. Ley 26/00).
Razonó a tal fin, que la naturaleza alimentaria inherente al pedido bajo análisis, justificaba la decisión de atender, proveer y autorizar la medida de devolución del expediente a la primera instancia.
Dispuso al mismo tiempo, notificar a las partes intervinientes, mediante mail cursado a las direcciones electrónicas denunciadas oportunamente en autos. La Resolución lleva el N° 136 y es de fecha 05 de mayo de 2020.
Un joven logró acceder a su identidad luego de años de un proceso filial iniciado por su madre–ya fallecida- en el cual el padre se resistió sistemáticamente a los exámenes de ADN y negó el vínculo con la mujer. La inasistencia a la última prueba activó con toda la fuerza legal el indicio grave. La Cámara de Apelaciones de Goya dispuso que se lo inscribiera como hijo del demandado en el Registro Provincial de las Personas.
La doctora Silvina Racigh, jueza de Familia, Niñez y Adolescencia N°1 de Goya, consideró “radicalmente positivos” los cambios en el modo de pensar y actuar de un joven al que le impuso la pena de 3 años de prisión en suspenso y cumple además reglas de conducta. Se cumple el objetivo de resocializar y reinsertarlo a la sociedad, sostuvo.
El doctor Carlos Balestra declaró la incompetencia del Juzgado de Garantías de Goya a petición del Fiscal sustituto para entender en la causa conocida como Generación Zoe, en la que está imputado Leonardo Cositorto. Y ordenó remitir el caso al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 4 a cargo del doctor Ariel Lijo.