13 febrero, 2025 -

Fallo del STJ ratifica un aumento en más del 100% de una cuota alimentaria

Un padre cuestionó el aumento del 120% de la cuota alimentaria y expresó que no se tuvieron en cuenta las necesidades específicas de su hijo. La Corte Provincial ratificó que la manutención no debía basarse en cálculos dogmáticos. Destacó que la Canasta de Crianza, sólo se aplica hasta los 12 años, por lo que en los casos de adolescentes más grandes, las demandas son otras.

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el planteo de un padre que criticaba el incremento de la cuota alimentaria de su hijo de 14 años. La decisión ratificó la cuota fijada en primera y segunda instancia, que alcanzaba el 120% de aumento.

El doctor Guillermo Semhan, autor del primer voto, indicó que se habían tenido en cuenta las necesidades reales del adolecente, ya que la madre aportó pruebas y tarifas de los gastos que implicaban su crianza. El joven tenía residencia principal en la casa de su mamá, quien se ocupaba de sus cuidados y por el momento no tenía ingreso alguno.

El Ministro hizo notar que los montos no sólo habían sido exhibidos en una audiencia de conciliación de la que el padre participó sin objetar nada, sino que además estaban detallados y tarifados. De ese modo, lo que hizo la jueza que intervino en primera instancia fue actualizar esos valores al momento de establecer los alimentos definitivos.

El nivel de vida del adolescente debe mantener un equilibrio entre ambos hogares, sostuvo el doctor Semhan, quien además resaltó que la cuota fijada no resultaba excesiva. La determinación de los montos para la alimentación tiene que evitar cálculos abstractos o dogmáticos, expresó.

De ese modo, desarmó el cuestionamiento de que la cuota había tomado como parámetro exclusivamente el patrimonio del padre y no se ajustaba a las necesidades reales del hijo.

El fallo N° 3/25 hace énfasis en la Convención de los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que “la obligación de alimentos comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad…”.

Montos reales e índices oficiales

El doctor Eduardo Panseri adhirió al voto del doctor Semhan. Asimismo se mostró a favor de realizar audiencias para consensuar montos reales basados en gastos concretos. Y que, en virtud de cada caso, los porcentajes se vincularan con los índices oficiales al sólo efecto de su actualización automática.

Por su parte, el doctor Alejandro Chain, añadió que optaba por evitar el uso exclusivo del índice del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). En su lugar propuso que se atendieran los gastos concretos del niño o adolescente y que, en forma posterior, ese monto se relacionara con un índice oficial, para poder actualizarlo.

Canasta de Crianza y Salario Mínimo Vital y Móvil

En el caso analizado se tuvieron en cuenta dos parámetros al momento de fijar los alimentos. Por un lado, la Canasta de Crianza y por otro, el Salario Mínimo Vital y Móvil.

El primero se usó como referencia para determinar los gastos del joven. Se había propuesto fijar la cuota en el 70%, aunque como ese índice se aplica entre los 6 y 12 años, y no existe una cifra específica para adolescentes, se estimó que los gastos eran mayores.

En cuanto al segundo, la jueza había fijado la cuota alimentaria definitiva en 1,70 SMVM, como un parámetro objetivo. Esa referencia permitía actualizar automáticamente la cuota con los incrementos del Consejo del Salario.