El doctor César Sotelo consideró que por el bien del Juzgado de Instrucción N° 6 y de la propia doctora Ferreyra había que poner fin a su mandato como titular de esa dependencia. “Las acciones descriptas conforman el mal desempeño de una magistrada con los maltratos y el descrédito permanente que recibían los testigos”, sostuvo.
Al momento de alegar como acusador en el Jury que se le siguió hasta el jueves último a la jueza de Instrucción N° 6 de Corrientes, doctora Graciela Ferreyra, el Fiscal General del Poder Judicial, doctor César Sotelo, pidió al Jurado que destituya a la acusada de su cargo, mas sin dejar de valorar sus condiciones profesionales.
“(La doctora Ferreyra) Ha brindado un servicio excepcional al Poder Judicial. Parece contradictorio, pero es así. Me constan todas las condiciones personales y morales de la doctora Ferreyra (…). ¿Pero qué pasa? Yo tengo una función que cumplir y ejercer un contralor en todo sentido. La Constitución me ha puesto en este estado.(…) . Lo que estoy diciendo es que hay hacer un alto en la actividad de esta magistrada”, dijo el doctor Sotelo, para quien las probanzas que obraban en el expediente eran “contundentes” para acreditar el “mal desempeño” de la acusada.
En su alegato, el doctor Sotelo pidió al Jurado de Enjuiciamiento poner “fin a esto y que empiece otra cosa positiva”. “Este juzgado (de Instrucción N° 6) tiene que ser liderado por otra persona, con un carácter de líder, porque fíjese si hay que nombrar nuevos secretarios, dirán: ‘no, no, yo ahí no voy’. Lógico que van a decir eso. Porque encima, me voy a tomar el atrevimiento, y van a decir ‘esta mujer va a salir fortalecida y está protegida’. No vamos a tener una relación normal si esto continúa. Ni con el Superior Tribunal, ni con la Fiscalía General, ni con sus compañeros. No. A esto hay que darle un corte y proponer soluciones. Estoy hablando de los valores de la doctora Ferreyra, en otros ámbitos, con una profunda autocrítica de su parte”, reclamó el titular del Ministerio Público provincial.
Para el Fiscal General, “hay ciclos que se cumplen”, y en base a esa convicción, remarcó: “Yo confirmo que ella no puede ser juez: nos han demostrado que el cargo ya no da para más en manos de la doctora Graciela. (…). No va a poder seguir bien ni el Juzgado ni ella, por lo que hemos demostrado a todo el mundo que está esperando este caso. Porque hace mucho tiempo que se viene hablando de esto, pero como era una chica que gozaba del mejor concepto, nadie podía creer, pero fue así”.
En varios tramos de su exposición, el doctor Sotelo avaló los testimonios oídos durante las audiencias (más dos incorporados por escrito), los consideró respaldados por los distintos peritos y quiso abreviarlos porque “es hasta cruel repetirlos”. “Las acciones descriptas conforman el mal desempeño de una magistrada con los maltratos y el descrédito permanente que recibían los testigos”, sostuvo, para referirse a las palabras iniciales del defensor de la jueza Ferreyra, doctor Armando Aquino Britos.
“Me causó un profundo dolor, porque por más que sea el doctor Aquino Britos quien las haya dicho, yo lo veía como una continuidad del maltrato. Dice que ‘hay gente que quiere ingresar al Poder Judicial pero no quiere trabajar y utiliza el mecanismo de las licencias para sortear esto’. Y habla también de los ‘ñoquis del Poder Judicial, a los que solamente les falta el tuco porque no quieren trabajar’. Pero lo más grave, señores del jurado, el maltrato continúa en esta frase demasiado cruel para los testigos que iban a venir: ‘Y eviten’, le indica a ustedes el defensor, ‘al grupo de personas que si vienen a declarar acá van a tener que escrutar sobre enfermedades mentales que padecen’. Los trató de enfermos mentales. Y estando en presencia, la doctora Ferreyra no hizo nada para impedir esas palabras, de lo cual yo deduzco que apoyaba los conceptos de las mismas. Eso me causó mucho dolor”.
El Fiscal General enfatizó que los empleados afectados por el mal desempeño de la doctora Ferreyra no tomaron licencias psiquiátricas nunca, ni antes ni después de los eventos descriptos en el expediente.
ACTUACIÓN DEL FISCAL GENERAL EN EL JURY A LA DRA. FERREYRA
La causa es remitida al Consejo de la Magistratura como consecuencia del dictado de la Resolución N° 45, del 20 de febrero de 2018, por parte del Superior Tribunal de Justicia, donde se tienen por acreditados hechos de maltrato en el ámbito laboral por parte de la Dra. Graciela Elizabeth Ferreyra, jueza de Instrucción N° 6 de la Primera Circunscripción.
El 28 de mayo de 2018 el Consejo de la Magistratura dictó la Resolución N° 02 y activó el proceso de Jury contra la titular del Juzgado de Instrucción N° 6 de Corrientes, doctora Ferreyra, por la causal de mal desempeño en el cargo. Firmaron esa acusación, que tenía como base principal las declaraciones vertidas por los testigos víctimas en el sumario administrativo, las doctoras Verónica Torres y María Herminia Puig y el doctor Ricardo Villar,.
De estas actuaciones, contenidas en el Expediente 66.235, el Jurado de Enjuiciamiento –Jury– corrió vista al Fiscal General el 13 de junio del presente año, para que éste sostenga la acusación del Consejo, tal como lo dispone el artículo 199 de la Constitución Provincial.
El Fiscal General, doctor César Sotelo, sostiene la acusación y la remite el 29 de junio de 2018 al Jurado, que inmediatamente abre la etapa de ofrecimiento de pruebas. En ese punto, el Jury rechaza mediante un decreto la prueba de testigos técnicos ofrecida por el Fiscal General –concretamente de los testimonios de la licenciada María Anabella Lufrano y de la Dra. Rosana Marcela Triay-, por lo cual se interpone un recurso de revocatoria. El Jurado concede parcialmente el mismo y finalmente se admite la testimonial de la licenciada Lufrano.
La prueba de cargo producida en debate resultó contundente para el órgano acusador, la Fiscalía General, tratándose mayormente de prueba testimonial. Se advirtió coherencia entre las declaraciones. No solo eran mayores en número respecto a los testigos que declararon no haber visto ni escuchado nada, sino que además fueron coherentes en su relato aun cuando desempeñaron funciones en distintas épocas en el Juzgado de la Dra. Ferreyra. También se encontró sustento en la documental médica suscripta por distintos profesionales que integran el Cuerpo Médico Forense y el Cuerpo de Psicología Forense del Poder Judicial, los cuales dieron cuenta de los padecimientos que sufrieron los secretarios que cumplieron funciones en el Juzgado de Instrucción N° 6. Del testimonio de la licenciada Lufrano, además, quedó perfectamente acreditado que dos de las víctimas sufrieron consecuencias en su salud debido a las situaciones vivenciadas en esa dependencia, descartándose todo signo de fabulación en sus relatos.
Por otro lado, todos los funcionarios que continúan formando parte del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes en otras dependencias (solo dos de ocho ya no integran el plantel del Poder Judicial), se encuentran desempañando su función sin problemas y sin haber usufructuado licencias por razones de salud psíquica, ni antes ni después de los hechos que sustentaron el sumario administrativo realizado por el STJ en base al informe de la Dirección de Personal y Licencias.
En virtud de todo ello fue que el Fiscal General sostuvo la acusación al momento de alegar, en los términos que se transcribieron.