Se trata de la causa en la que el TOP de Mercedes condenó a los ex intendentes Jorge Luis Corona y Angelina Soledad Lesieux a la pena de 5 años y 8 años y 3 meses de prisión, respectivamente, por hechos de corrupción en el manejo de obras públicas.
El TOP de Mercedes, integrado por los doctores Juan Manuel Muschietti, como presidente, Jorge Alberto Troncoso y Margarita Stella López Rivadeneira (subrogante), darán a conocer los fundamentos de la Sentencia N° 45/2020 el jueves 1 ° de octubre a las 20 horas.
Se trata del veredicto que condenó a dos ex intendentes de la localidad de Perugorría, Jorge Luis Corona y Angelina Soledad Lesieux, y a otros ex funcionarios a penas de prisión por malversación de fondos públicos.
El Tribunal de Juicio absolvió a Sabrina Lammens de los delitos de asociación ilícita en calidad de simple miembro, por el que fuera elevada la presente causa a juicio, por el que no fuera acusada por el Sr. Fiscal de Juicio, y del de malversación de caudales públicos en la modalidad de peculado, reiterado (cinco hechos), en concurso ideal, con los de fraude contra la administración pública, mediante administración fraudulenta, reiterado (cinco ocasiones), en concurso material, en calidad de partícipe necesaria, por los que también se requiriera el juicio y fuera acusada por la Fiscalía, por atipicidad de las conductas enrostradas, sin costas (arts. 18 de la Constitución Nacional, 8.2 de la C.A.D.H., 14.2 P.D.C.P., 4 y 574 del Código Procesal Penal).
Absolvió a Patricia Yolanda Vera de los demás datos personales obran en el exordio, de los delitos de asociación ilícita en calidad de simple miembro y del de malversación de caudales públicos en la modalidad de peculado, reiterado -tres hechos-, en concurso ideal, con los de fraude contra la administración pública, mediante administración fraudulenta, reiterado –tres ocasiones-, en concurso material, en calidad de partícipe necesaria, por los que fuera elevada la presente causa juicio y acusada por el Sr. Fiscal de Juicio, por los hechos “Ciclovía y Puente Peatonal”, “Planta Industrial” y ”Balneario Municipal”, por insuficiencia probatoria, sin costas (arts. 18 de la Constitución Nacional, 8.2 de la C.A.D.H., 14.2 P.D.C.P., 4 y 574 del Código Procesal Penal).
Absolvió a Jorge Luis Corona de los delitos de malversación de caudales públicos en la modalidad de peculado, reiterado -seis hechos-, en concurso real, con fraude en la modalidad de administración fraudulenta reiterado –seis ocasiones- en concurso real, concurriendo en forma ideal los delitos de peculado con los de fraude, por los que fuera requerido el juicio y no fuera acusado por el Sr. Fiscal de Cámara en el debate, sin costas (arts. 18 de la Constitución Nacional, 8.2 de la C.A.D.H., 14.2 P.D.C.P., 4 y 574 del Código Procesal Penal).
Absolvió a Angelina Soledad Lesieux, Jorge Luis Corona y Ernesto Moray Mussio de apodo “Gusano” de los delitos de asociación ilícita en calidad de organizadores, los dos primeros y de simple miembro el último, en calidad de partícipe necesario, por los que fuera elevada la presente causa juicio y fueran acusados por el Sr. Fiscal de Cámara, por insuficiencia probatoria, sin costas (arts. 18 de la Constitución Nacional, 8.2 de la C.A.D.H.,14.2 P.D.C.P., 4 y 574 del Código Procesal Penal).
Condenó a Corona por ser autor material penalmente responsable del delito de peculado en concurso ideal con fraude contra la administración pública, en la modalidad de administración fraudulenta, a cumplir la pena de 5 años de prisión con inhabilitación absoluta perpetua, accesorias legales y al pago de las costas, y al pago de las costas, por el hecho cometido en perjuicio de la Municipalidad de Perugorría con relación a la obra pública, “Paseo del Bicentenario” (arts. 12, 29 inc. 3°, 45, 54, 174, inc. 5°, en función del 173, inciso 7°, y 261, primer párrafo del Código Penal y 574, 575 y 577 del Código Procesal Penal).
Condenó a Lesieux por ser autora material penalmente responsable del delito de peculado, reiterado (cinco hechos) en concurso real, los que a su vez concursan idealmente con fraude contra la administración pública, en la modalidad de administración fraudulenta, también reiterado, en cinco sucesos en concurso real, a cumplir la pena de 8 años y 3 meses de prisión, con on inhabilitación absoluta perpetua, accesorias legales y al pago de las costas, por los hechos cometidos en perjuicio de la Municipalidad de Perugorría con relación a las obras públicas denominadas “Ciclovía y Puente Peatonal”, “Polideportivo Municipal”, “Planta Industrial”, “Balneario Municipal” y “Cuarenta (40) Viviendas” (arts. 12, 29 inc. 3°, 45, 54, 55, 174, inc. 5°, en función del 173, inciso 7°, y 261, primer párrafo del Código Penal y 574, 575 y 577 del Código Procesal Penal).
Condenó a Moray Mussio apodado “Gusano”, por ser partícipe secundario, penalmente responsable del delito de peculado, reiterado (cinco hechos) en concurso real, los que a su vez concursan idealmente con fraude contra la administración pública, en la modalidad de administración fraudulenta, también reiterado, en cinco sucesos en concurso real, a cumplir la pena de 3 años y 3 meses de prisión con inhabilitación absoluta, por el plazo de 6 años y 3 meses y al pago de las costas, por los hechos cometidos en perjuicio de la Municipalidad de Perugorría con relación a las obras públicas, “Ciclovía y Puente Peatonal”, “Polideportivo Municipal”, “Planta Industrial”, “Balneario Municipal” y “Cuarenta (40) Viviendas” (arts. 12, 19, 29 inc. 3°, 46, 54, 55, 174, inc. 5°, en función del 173, inciso 7°, y 261, primer párrafo, del Código Penal y 574, 575 y 577 del Código Procesal Penal).
Condenó a Vera por ser partícipe necesaria material, penalmente responsable de los delitos de peculado, reiterado (dos hechos), en concurso ideal, con fraude contra la administración pública, reiterado (dos ocasiones), en la modalidad de administración fraudulenta, a cumplir la pena de 2 años y 9 meses de prisión la que se tiene por compurgada con el tiempo de detención sufrido, con inhabilitación especial por el tiempo de la condena, y al pago de las costas, por los hechos cometidos en perjuicio de la Municipalidad de Perugorría con relación a las obras públicas, “Polideportivo Municipal” y “Cuarenta (40) Viviendas” (arts.20, 29 inc. 3°, 45, 54, 55, 174, inc. 5°, en función del 173, inciso 7°, y 261, primer párrafo del Código Penal y 574, 575 y 577 del Código Procesal Penal).
Dispuso la inmediata libertad de Lammens en lo que a esta causa respecta, la que se hace efectiva desde los estrados de este Tribunal, debiendo comunicarse a la Comisaría respectiva la orden de libertad pertinente y al Ministerio de Seguridad de la provincia para que inmediatamente proceda a retirar el dispositivo de control electrónico.
Dispuso la inmediata libertad de Vera en lo que a esta causa respecta, la que se hace efectiva desde los estrados de este Tribunal, debiendo comunicarse a la Comisaría respectiva la orden de libertad pertinente y al Ministerio de Seguridad de la provincia para que inmediatamente proceda a retirar el dispositivo de control electrónico.
Concedió la excarcelación bajo caución juratoria a Moray Mussio conforme lo dispuesto en el art. 13 del Código Penal atento al tiempo que lleva privado de libertad, y dispuso su inmediata libertad en lo que a esta causa respecta, la que se hará efectiva desde los estrados de este Tribunal, labrándose acta de estilo, debiendo comunicarse a la Comisaría respectiva la orden de libertad pertinente y al Ministerio de Seguridad de la provincia para que inmediatamente proceda a retirar el dispositivo de control electrónico; imponiendo al nombrado las siguientes obligaciones: a) fijar domicilio el cual no podrá variar sin autorización de este Tribunal, b) abstenerse de consumir estupefacientes o bebidas alcohólicas en exceso, c) no cometer nuevos delitos.
Rechazó las solicitudes de extracción de testimonios de las declaraciones de Fernando Ezequiel Schwert, Juan Ramón Castellanos, Enriqueta Elvira Fernández, y de la Comisario Mirta Noemí Nievas, por que habrían incurrido en falso testimonio formuladas por las defensas, y la petición respecto de ésta última de remisión de copias certificadas a la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación y demás Organismos del Estado, por los fundamentos dados en los considerandos, sin perjuicio de poner a disposición de las partes las piezas pertinentes a los fines que estimen correspondan.
No hizo lugar a la restitución de las sumas de dinero solicitada por la fiscalía como pena y en concepto de reparación del perjuicio, por los fundamentos dados en los considerandos (art. 29, incisos 1° y 2° del Código Penal –a contrario sensu-).
La causa que concluyó con la Sentencia N° 45/2020 está caratulada “LESIEUX A.S Y CORONA J.S P/ ASOC. ILICITA EN CALIDAD DE ORGANIZADORES EN CONC. REAL CON MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS EN LA MOD. DE PECULADO REITERADO EN CINCO OPORTUNIDADES PARA LESIEUX Y EN SIETE PARA CORONA y FRAUDE EN PERJUICIO DE LA ADMIN.PUBLICA EN LA MODALIDAD DE ADMINISTRACION FRAUDULENTA EN CINCO OPORTUNIDADES PARA LESIEUX y EN SIETE OPORTUNIDADES PARA CORONA ESTOS DOS ULTIMOS (PECULADO Y FRAUDE) EN CONC. IDEAL ENTRE SI – MORAY MUSSIO E.A – LAMMENS S.M.F Y VERA P.Y. P/ ASOC. ILICITA EN CALIDAD DE MIEMBROS EN CONC. REAL CON PECULADO REIT. EN CINCO OPORTUNIDADES y ADMIN.FRAUDULENTA (FRAUDE) EN PERJUICIO DE LA ADMIN. PUBLICA EN CINCO OPORTUNIDADES, ESTOS DOS ULTIMOS (PECULADO Y FRAUDE) EN CONC. IDEAL ENTRE SI – PERUGORRIA“, tramitada bajo legajo PXC 7575/16.
Las partes decidieron llegar a un acuerdo que fue homologado por el Tribunal. El imputado libre y voluntariamente aceptó que cometió el hecho y la condena de dos años de prisión efectiva por los delitos de Resistencia a la Autoridad y Portación de Arma de Fuego de Uso Civil sin la debida Autorización Legal.
El TOP de Mercedes, integrado por los doctores Juan Manuel Muschietti, como presidente, Jorge Alberto Troncoso y Margarita Stella López Rivadeneira –subrogante-, dieron a conocer los fundamentos de la Sentencia N° 45/2020.
Culminó una nueva audiencia oral en la causa llamada Perugorría, con la declaración de 8 testigos, 4 de ellos de manera remota. Angelina Lesieux, Jorge Luis Corona; Patricia Yolanda Vera; Ernesto Antonio Moray Mussio y Sabrina María Lammens están procesados por asociación ilícita y malversación de fondos.