El Juzgado de Ejecución de Condena notificó a la defensa de Raúl Rolando Romero Feris que se le concedió la libertad condicional, la cual estará sujeta a los controles establecidos por la normativa.
La doctora María Teresa Zacaríaz, titular de la dependencia, informó que la defensa de Romero Feris se notificó hoy de la medida dispuesta.
La libertad condicional está sujeta a las siguientes obligaciones (establecidas en el art. 13 del C.P.): Residir en el domicilio sito en calle XXX de ésta ciudad, el que no podrá variar sin previa autorización de éste Juzgado de Ejecución de Condena; No cometer nuevos delitos; Someterse al cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Corrientes, al que deberá presentarse dentro de los tres días hábiles subsiguientes a su notificación; Presentarse ante Secretaría de éste Juzgado de Ejecución de Condena en forma mensual, es decir del 01 al 05 de cada mes y hasta el vencimiento de la pena.
En la parte resolutiva, la jueza hizo saber al condenado que el incumplimiento de las mismas podrá importar la revocación del beneficio concedido.
El Juzgado de Ejecución de Condena urgió al Servicio Penitenciario a tomar recaudos para evitar el ingreso de niños, niñas y adolescentes a zonas de alojamiento, descanso nocturno y baños de los internos, cuando visitan a familiares en los establecimientos penales.
Se concretó días atrás una reunión con los operadores del sistema con el objeto de coordinar criterios de aplicación respecto a las leyes que rigen la educación en contexto de encierro.