La Ley Nº 27.452 -conocida como Ley Brisa- busca paliar los daños que sufren los hijos de víctimas de femicidios o de casos de violencia familiar. El Estado Nacional les reconoce el derecho a cobrar una suma mensual equivalente a una jubilación mínima. También proporciona una cobertura de salud.
Los beneficiarios que pueden acceder a ella son los menores de 21 años hijos de algún progenitor que murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia.
Esos beneficiarios pueden ser argentinos o residentes. En este último caso, deben acreditar residencia de 2 años de manera continua. Las personas con discapacidad pueden cobrar la reparación económica sin límite de edad.
La reparación económica es incompatible con otros beneficios nacionales, provinciales o municipales que se originen en el mismo hecho.
Para recibir la reparación económica, se necesita que el procesamiento y la sentencia estén firmes, cuando se trata de un progenitor o progenitor afín. El progenitor afín puede ser un cónyuge o alguien que vivía con el chico o la chica junto a la persona asesinada.
En el caso de la extinción penal por causa de muerte se necesita que la autoridad judicial declare la extinción de la acción por causa de muerte.
En el caso de fallecimiento por violencia intrafamiliar o de género se necesita que la autoridad judicial competente lo determine.
Hasta los 18 años, la suma la reciben los representantes legales que le sean asignados. Entre los 18 y los 21 lo recibe directamente la chica o el chico.