7 octubre, 2020 - CORTE PROVINCIAL

Rechazan libertad condicional a Mauricio Pare

El Superior Tribunal – en audiencia oral –  rechazó por unanimidad el recurso de casación interpuesto por la defensa. Está cumpliendo una condena de 5 años de prisión por golpear a su novia en octubre de 2016. Fue condenado por el TOP de Goya el 27 de marzo de 2018.

La Corte Provincial en audiencia oral, mediante Sentencia Penal N° 101/2020, rechazó el recurso de casación presentado por la defensa particular del boxeador  goyano de kickboxing Mauricio Ariel Pare quien había solicitado Libertad Condicional, ya que tiene cumplido los dos tercios de la pena.

Pare fue condenado por el TOP de Goya en marzo de 2018 a 5 años de prisión por la comisión del delito de “Lesiones Graves doblemente calificadas por la relación de pareja y mediando violencia de género”, por pegarle a su novia que lo denunció ante la Comisaría de la Mujer.  

El hecho ocurrió en octubre de 2016 y a la fecha el condenado lleva cumplidos los dos tercios de la pena, por lo que solicitó su libertad condicional. Esto fue negado en mayo de ese año por la Jueza de Ejecución de Condena, doctora María Teresa Zacarías.

La magistrada fundó su decisión en que no estaban dadas las condiciones psicológicas  de  Pare para que se reinserte socialmente.

Si bien fue calificado con buena conducta, la doctora Zacarías consideró que  “el condenado Paré no ha logrado progresar en relación al delito que ha cometido, asumiendo en general con indiferencia su proceso de reinserción, careciendo de autocrítica frente al delito por el cual fue condenado, naturalizando su conducta delictiva sin considerar el perjuicio producido a terceros”, indicó la Jueza de Ejecución, en base al informe del Consejo consultivo del Servicio Penitenciario.

El Superior Tribunal confirmó hoy la decisión de la doctora Zacarías, por lo que el boxeador seguirá preso por los delitos tipificados en el artículo 90 en relación con los arts. 92 y 80, inc. 1 y 11 del Código Penal.

Por su parte, la Fiscalía General, que presentó dictamen por escrito, coincidió con la valoración de la doctora Zacarías y sostuvo que no podían desconocerse las conclusiones de los informes psicológicos y criminológicos. Y no advirtió arbitrariedad en la decisión de negarle la libertad a Paré.

Audiencias Orales

Estas audiencias orales a cargo del máximo órgano de justicia provincial se llevan adelante una vez por semana y garantizan celeridad, inmediatez, transparencia, eficacia y eficiencia en los procesos.

Estuvieron presentes en el Salón de Acuerdos, presidiendo el debate el doctor Luis Eduardo Rey Vázquez y los ministros, doctores Eduardo Panseri, Fernando Augusto Niz, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chain.

El fiscal adjunto, doctor Jorge Omar Semhan y el defensor particular, doctor Ricardo José Martin, participaron a través de la plataforma Cisco Webex Meetings (en forma remota) en cumplimiento a las medidas de aislamiento dispuestas en el marco de la pandemia por COVID-19.

Los fundamentos de la sentencia  serán dados a conocer  el jueves 15 de octubre a las 12.30 horas.

Libertad Condicional

La Libertad condicional está regulada por la ley 24660/96 y sus modificatorias y es la última fase de una sentencia condenatoria, cuando ya se han consumado las dos terceras partes en la cárcel y se cumple en forma positiva con determinados requisitos (conducta, concepto e informes psicológicos y progresividad en la posibilidad de reinserción social).

Es una facultad del juez, de acuerdo a un estudio detallado del comportamiento y la evolución del preso, brindarla o rechazarla. Por lo que no siempre que se cumplan los dos tercios de la condena, el reo deberá quedar en libertad. 

 

 

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