Se realizó la Asamblea de Designación de Facilitadores Judiciales de San Miguel y la 8va. Capacitación pautada para el presente año.
Las mismas fueron realizadas conjuntamente en el Salón de la Sala de Primeros Auxilios del Paraje “Caimán” -Colonia Madariaga-, donde resultó elegida como nueva Facilitadora Judicial de San Miguel la señora Andrea Alejandra Espíndola.
A continuación se desarrolló el tema específico de “Medidas Cautelares”, donde se conversó con dos de los cuatro Facilitadores Activos presentes acerca del concepto, su función y el régimen legal de dichas medidas, haciéndose hincapié en lo relativo a cuestiones de violencia familiar y menores en riesgo. La ley 5.907 dispone en su art. 7: “Los jueces de Paz conocerán: …inc c) De las cuestiones de violencia familiar y menores en riesgo, el juez aplicará las medidas preventivas previstas en las leyes vigentes y comunicará inmediatamente al juez competente poniendo a su disposición las actuaciones…”.
Se explicó de manera sencilla cuales son específicamente las medidas de exclusión, prohibición de acercamiento, restitución al hogar; alimentos, tenencia y derecho de comunicación provisorios; dejando en claro que la intervención del Juez de Paz será siempre de forma preliminar atendiendo a la urgencia y gravedad del caso, aplicando dichas protecciones sin pérdida de tiempo, debiendo posteriormente remitir las actuaciones al Juez de Familia que es en definitiva quien resultar competente en dichas causas.
Finalmente, se los evaluó oralmente a los fines de verificar su aprendizaje, ya sea para acompañar y/o asesorar a los vecinos de la comunidad.