20 febrero, 2020 - CELERIDAD Y ECONOMIA PROCESAL

STJ recuerda la tramitación del beneficio de litigar sin gastos por vía de incidente

La Corte Provincial recordó a los justiciables que desde el 3 de febrero tienen la posibilidad de litigar sin gastos por vía de incidente, un trámite que promueve la celeridad y la economía procesal.

Este trámite, que el Superior Tribunal de Justicia estableció en el Acuerdo Nº 32/19, está vigente desde el primer día hábil de febrero.

La medida dispuesta se enmarca en la implementación de la oralidad: busca celeridad, economía y la sencillez de los procesos judiciales, e intenta reducir de esa manera la demora de los procesos y simplificar las estructuras procesales.

El beneficio de litigar sin gastos está pensado para que las personas que no estén en condiciones económicas de afrontar estos gastos no deban abonar tasas de justicia, entre otros rubros.

Hasta el año pasado se iniciaba un expediente principal y otro de beneficio de litigar sin gastos, ambos ingresaban por Mesa Receptora Única (MRU).

Desde este año, la Corte Provincial promueve que el justiciable presente sólo la demanda principal por MRU, y en forma posterior el trámite del beneficio en el juzgado que salió sorteado para entender en la causa.

Este beneficio se tramita luego como un Incidente, con lo cual lleva el mismo número que la demanda principal. Esta es una gran ventaja porque se unifican las causas, que se tramitan en el mismo juzgado que el principal.

Pasos a seguir

Al promover el Incidente, los interesados deben adjuntar el “Formulario de Declaración Jurada para tramitar el beneficio de Litigar sin gastos”, que se obtiene en el siguiente LINK: https://www.juscorrientes.gov.ar/mru/mru-formularios/formularios-5/

Y deberían acercar la totalidad de la documentación y los informes expedidos por las reparticiones públicas, demostrativos de las condiciones socioeconómicas del solicitante, todo ello con carácter de declaración jurada y bajo responsabilidad por las acciones penales que correspondan conforme Art. 172 y Art. 293 del Código Penal.

La Mesa receptora Única solamente puede recibir demandas de beneficios de litigar sin gastos en los casos en los que no haya una causa principal o ésta se relacione con causas penales en trámite.

Le puede interesar
16 abril, 2025
TOP N° 2

Condenaron a siete y cinco años de prisión a dos jóvenes por la agresión en el boliche Zavod

El Tribunal de Juicio impuso la pena de siete años de prisión para Melanie Celeste Villalba, de cinco años y cuatro meses para Agustina Giselle Salinas por el delito de homicidio simple en grado de tentativa y en calidad de autora y co-autoras materiales. En cuanto a María Isabel González, fue considerada responsable penalmente por el delito de lesiones leves. Los fundamentos estarán disponibles dentro de los próximos cinco días hábiles.

16 abril, 2025
MERCEDES

Comienza el juicio a una mamá por el presunto homicidio de sus dos hijos

El próximo martes 22 de abril, ante el Tribunal de Juicio en su integración plena de los doctores Jorge Alberto Troncoso, como presidente; Juan Manuel Ignacio Muschietti y Ramón Alberto Ríos, como vocales; la fiscalía acusará a una mujer por el presunto homicidio de sus dos hijos menores de edad.

15 abril, 2025
15 Y 16 DE MAYO

El Ministerio Público de Corrientes declaró de interés el II Encuentro Nacional de Fiscalías Ambientales

A través de la Resolución N° 13, la Fiscalía General del Poder Judicial de Corrientes declaró de interés el II Encuentro Nacional de la Red Argentina de Fiscalías Ambientales (R.A.F.A.), que se realizará los días 15 y 16 de mayo de 2025 en la ciudad de Santa Fe.