María Sara inició los trámites de adopción de B., de quien detentaba su guarda pre adoptiva desde el año 2013 por haber declarado su estado de desamparo y adoptabilidad el Juzgado de Familia Nº1. Sin embargo, en el devenir del proceso adoptivo falleció antes de que se dictara sentencia. En respeto a la voluntad de ambos, la titular del Juzgado de Menores Nº 3, Pierina Ramírez, otorgó pos mortem la adopción plena.