Con perspectiva de género, tomando en cuenta la asimetría existente en la relación y la desigualdad de oportunidades, las vocales de Sala I rechazaron una demanda de desalojo por considerarla “vía improcedente” para resolver el conflicto entre dos cuñadas.
En un proceso de filiación, en concepto de resarcimiento integral por los daños y perjuicios causados a su propia hija, víctima de violencia sexual y familiar, y al hijo de ambos, el progenitor les transfirió el 100% del inmueble de su propiedad. La Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial abrió una instancia conciliatoria y se arribó a ese acuerdo, además de utilizar lenguaje claro para comunicar la decisión.