La Corte Provincial, por mayoría, mantuvo la absolución de Ana Clara Velázquez por que la extrema vulnerabilidad en la que se hallaba inmersa la dispensaba de la pena. Disintió con la orfandad probatoria fundamentada por el Tribunal de Juicio de Goya y aseguró que se estaba frente a un homicidio agravado por el vínculo.
El estado de duda insuperable respecto al efectivo hecho del nacimiento con vida de la niña y su vinculación con la autoría de la imputada en el mismo fueron los aspectos centrales en la decisión del Tribunal de Juicio de Goya, que resolvió –por mayoría- absolver a Ana Clara Velázquez.