Al cumplirse el primer aniversario de la implementación en toda la provincia del Código Civil y Comercial -Ley N° 6556- y del Régimen de Gestión Electrónica, los Ministros Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan realizarán a lo largo del mes de diciembre un balance junto a los protagonistas que irán narrando sus experiencias, las prácticas positivas, los obstáculos sorteados y las ventajas de la norma procesal para el servicio de justicia.
Así lo expresó en la apertura del Taller “Revisando nuestra Gestión. Buscando nuevas prácticas” en el marco de la aplicación del régimen de gestión electrónica en el marco de la implementación del Código Procesal Civil y Comercial que comenzó a regir en toda la provincia el 1° de diciembre de 2021. El doctor Fernando Augusto Niz, consideró que es muy importante abordar esta temática que hace a la nueva visión de justicia.
El juez de Paz de Mburucuyá doctor Sergio Shwoihort ordenó restituir un inmueble a una mujer que lo entregó en comodato a otra ya que en el contrato estaba previsto que si la dueña lo requería con 30 días de antelación, la devolución debía materializarse. El nuevo Código Procesal Civil y Comercial permite agilizar este proceso que antes demoraba mucho más tiempo.
En el marco de la implementación del nuevo Código Procesal Civil y Comercial que comenzó a regir en toda la provincia el 1° de diciembre de 2021, por Acuerdo N°3/22 punto 12° se determinó que a partir del 2 de marzo de este año, los Juzgados y Tribunales de la Provincia de Corrientes que no participan de la prueba piloto deberán ajustar su funcionamiento a determinadas reglas que se describen más abajo.
Con la mira puesta en el 1º de diciembre, fecha en que se implementa el nuevo Código Procesal Civil y Comercial en la provincia, arrancaron una serie de encuentros en los que magistrados y profesionales expondrán sobre los principales cambios que la norma instituye. En la apertura de las actividades estuvieron presentes los doctores Luis Eduardo Rey Vázquez, titular del STJ, y el Ministro doctor Guillermo Horacio Semhan.
Fue la Primera Reunión del Ministerio Público y la Unidad Regional III de la Policía de Corrientes. El nuevo paradigma procesal exige trabajo coordinado entre el Ministerio Público y la fuerza de seguridad.
Una madre delegó en sus padres la responsabilidad parental para poder lograr la cobertura médica de su beba de 4 meses, ya que ella era estudiante universitaria, no tenía ingresos propios y la niña estaba inscripta bajo su apellido.
El Juzgado de Menores N° 1 autorizó a una adolescente de 16 años hipoacúsica a realizarse un trasplante de médula ósea. Su madre se negaba a la intervención por requerir la misma transfusiones de sangre, lo cual iba en contra de sus principios religiosos.
El Juzgado de Familia N°1 hizo lugar a la demanda presentada y decretó el divorcio de dos mujeres, declarando disuelta la sociedad conyugal.
El STJ revocó una sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Goya y otorgó la guarda judicial al tío de una menor de edad, por plazo de un año, en el que la madre –con un retraso mental leve a moderado- tendrá un régimen de visitas amplio.